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El concejal Omar Pere (Comunidad) presentó un proyecto para crear un observatorio vial municipal que permita realizar una investigación de todo lo relacionado con el tránsito y transporte público y privado en la ciudad, para establecer políticas de “movilidad segura y sustentable”.

El organismo tendrá como objetivo "la gestión y producción del conocimiento en materia de seguridad vial en la ciudad, mediante la producción de información y la elaboración de análisis acerca de los siniestros viales y las problemáticas derivadas de la organización vial de la ciudad, así como de la situación y el desempeño de los organismos del sistema de seguridad con asiento en el territorio".

La norma detalla que "El Observatorio Vial Municipal estará conformado por un miembro titular y un suplente por cada bloque en representación este Honorable Concejo Deliberante, así como un miembro titular y un suplente del Departamento Ejecutivo Municipal, un miembro de la Secretaria de Control Urbano y un miembro de la Dirección de Tránsito".

El texto completo de la iniciativa

“CREACION OBSERVATORIO VIAL MUNICIPAL”

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CUTRAL CO

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA.

 

ARTÍCULO 1º) Créase el Observatorio Vial Municipal de la Ciudad de Cutral-Có, en el ámbito de la Secretaría de Gobierno. Dicha dependencia será destinada a la investigación de los hechos y actos vinculados con el uso y la circulación de la vía pública, comprendiendo el estudio de los vehículos, moto vehículos, el transporte público y privado, las personas, la infraestructura vial, las condiciones del medio ambiente físico y social, a fin de generar información confiable que permita establecer políticas estratégicas en los de una movilidad segura y sustentable.

 

ARTICULO 2º) Son objetivos del Observatorio Vial Municipal la gestión y producción del conocimiento en materia de seguridad vial en la ciudad, mediante la producción de información y la elaboración de análisis acerca de los siniestros viales y las problemáticas derivadas de la organización vial de la ciudad, así como de la situación y el desempeño de los organismos del sistema de seguridad con asiento en el territorio. Ello, con el fin último de aportar conocimientos para la formulación, implementación evaluación y/o revisión de las políticas y/o estrategias de seguridad vial y ordenamiento urbano.

 

ARTÍCULO 3°) El Observatorio Vial Municipal estará conformado por un miembro titular y un suplente por cada bloque en representación este Honorable Concejo Deliberante, así como un miembro titular y un suplente del Departamento Ejecutivo Municipal, un miembro de la Secretaria de Control Urbano y un miembro de la Dirección de Tránsito.

 

ARTÍCULO 4°) Los integrantes del Observatorio Vial Municipal acceden al ejercicio honorario de

sus funciones por su especial conocimiento e interés en la temática.

 

ARTÍCULO 5°) El Observatorio Vial Municipal dictará su propio reglamento interno, en el cual se

establecerá la modalidad de organización y funcionamiento en un todo conforme con las disposiciones y objetivos de la presente.

 

ARTÍCULO 6°) El Observatorio Vial Municipal deberá presentar un informe trimestral del estado

de situación ante el Honorable Concejo Deliberante en el cual deberá dar cuenta de los objetivos planeados en el artículo 2° de la presente.

 

ARTÍCULO 7°) Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar convenios de colaboración con entidades públicas o privadas a los efectos de instrumentar el traslado de la información que estas recaben en materia de seguridad vial y otras acciones a fin de una movilidad segura y sustentable.