La norma aprobada hoy en la Legislatura, busca el equilibrio entre lo social, lo ecológico, lo político y lo económico, en el marco de una ética que promueve una nueva forma de habitar nuestro planeta, señala.
“La Educación Ambiental Integral (EAI) es una auténtica política de Estado que trasciende los límites de una gestión de gobierno” afirmó la diputada por el MPN, Lorena Abdala, al momento del tratamiento en el recinto. La ley 3357 aprobada en la Legislatura del Neuquén, es una clara posición en defensa del ambiente de nuestra provincia. La legisladora destacó, además, que “no se sancionó una norma que adhiera a la ley nacional sino que la provincia tiene una ley que representa los intereses particulares de la región ”
La ley neuquina nuclea la educación formal, no formal e informal bajo un proceso permanente, integral y transversal en las diferentes actividades de las y los neuquinos. Abdala destacó el proceso de construcción y consenso de la norma “desde el diálogo, la pluralidad de enfoques de los actores involucrados y desde un federalismo puro, que supo involucrar y receptar propuestas y posturas tanto de funcionarios nacionales, provinciales y organizaciones de la sociedad civil de nuestra provincia” mencionó la legisladora.
¿Qué es la Educación Ambiental Integral?
Es el proceso educativo permanente con contenidos temáticos específicos y transversales, que procura formar una concientización ambiental. El proceso está orientado a construir una racionalidad, en la cual distintos conocimientos, saberes, valores y prácticas, confluyan y aporten a la formación ciudadana y al ejercicio del derecho a un ambiente sano, digno y diverso.
Se trata de un proceso que defiende la sustentabilidad como proyecto social, el desarrollo con justicia social, preservación de la naturaleza, igualdad de género, protección de la salud, democracia participativa y respeto por la diversidad cultural. El proyecto tuvo un año de debate
El 13 de mayo de 2021 se sancionó la ley 26.621 para la implementación de la Educación Ambiental Integral en la República Argentina. A partir de allí, surgieron iniciativas para lo que respecta a la provincia del Neuquén.
El 21 de mayo de 2021 se presentó el proyecto de adhesión 14.375 firmado por el bloque del Frente de Todos, y posteriormente, el 30 de junio, fue presentado el proyecto de Ley 14.468 del Movimiento Popular Neuquino. El debate con ambos proyectos comenzó en la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, y luego de un consenso sobre el foco que se le quería dar desde la provincia, se decidió que el debate continúe girando sólo sobre el segundo proyecto, “siempre abierto a todas las sugerencias que lo enriquezcan y lo conviertan en la mejor ley para nuestra provincia” afirmó la diputada Abdala, presidenta de la Comisión de Medio Ambiente.
El debate sobre la ley de Educación Ambiental Integral se llevó adelante durante un año. En este sentido, Abdala señaló que el tiempo fue aprovechado para promover la coherencia necesaria entre las políticas educativas de las instituciones gubernamentales y no gubernamentales, y el marco legal de la educación ambiental integral que implementa la ley, dando lugar y voz a diferentes actores de la sociedad.
Desde el Ministerio de Gobierno y Educación de Neuquén, en su paso por la Comisión de Medio Ambiente para ofrecer su mirada y el trabajo que se lleva adelante desde allí, afirmaron que Neuquén es pionera en lo que respecta a educación ambiental, como así también del acompañamiento que desde hace años realizan tanto en la formación a docentes de todos los niveles y modalidades, como de estudiantes en su trayectoria educativa.
Datos relevantes de la Ley EAI
En el Artículo 2° menciona las definiciones de las actividades que nuclea la ley.
A) Educación formal: actividades realizadas en los centros educativos públicos o privados, incluyendo la educación inicial, primaria, media y la superior en todos sus niveles, modalidades y especialidades.
B) Educación no formal: actividades que se llevan a cabo fuera del ámbito escolar y de la estructura del sistema escolarizado.
C) Educación informal: aquella que se realiza a través de medios masivos de comunicación e información.
El artículo 7º por su parte, incorpora a la Universidad Nacional del Comahue como asesor externo de la Autoridad de Aplicación para que asista y asesore en la elaboración de políticas públicas relacionadas con la presente ley. Esto se debe a que la UNCo cuenta con una mirada regional que abarca no solo a Neuquén sino tambien a Rio Negro en su caracter nacional, y que además, desde 2018 trabaja en la elaboración de contenidos de educación ambiental, dándole a la provincia una contribución favorable a la hora de idear políticas públicas ambientales.