El Concejo Deliberante de Plaza Huincul aprobó en una sesión extraordinaria realizada esta mañana, el nuevo organigrama municipal que tendrá 7 secretarias y 81 direcciones y subsecretarías. Las nuevas son Jefatura de Gabinete y Planificación Urbana. El resto seguiría igual.
El cuerpo deliberó con 4 concejales (Marga Yunes, Sergio Martínez, Bruno Porco y Ramón Lecaro) y se aprobó por mayoría dado que Lecaro votó en contra. "Me llama realmente la atención, que esta modificación de la estructura del gabinete municipal surja a menos de 30 días de haber aprobado el presupuesto municipal. Cuando en realidad para poderlo hacer de la manera correcta y responsable debería haber estado, entiendo yo, antes de aprobar el presupuesto, antes de la finalización del periodo legislativo del año vencido", dijo.
"Entiendo esto porque si vemos la nueva conformación surgen dos nuevas secretarías en este organigrama, una de ellas es la jefatura de Gabinete que no estaba y la otra es la de Planificación Urbana que obviamente van a tener su secretarios y el personal necesario como así los recursos para su funcionamiento y este implica tener presupuesto y este presupuesto debería haber estado incorporado en el presupuesto que se aprobó por mayoría el mes de diciembre del año pasado", insistió.
A su turno, el concejal Sergio Martínez afirmó que "Si bien existen algunas secretarias que se están creando, no va a haber aumento en el presupuesto sino va a ser una redistribución de gastos".
Las áreas y sus dependencias son las siguientes: Intendencia tiene 13 despachos bajó su órbita; Jefatura de gabinete 6; Secretaria de Gobierno, 10; Secretaría de Hacienda, 12; Servicios Publicos, 13; Planificación Urbana, 5; Desarrollo Social, 6 y Relaciones Institucionales y Ciudadanía, 16.
El texto completo de la Ordenanza es el siguiente:
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL MUNICIPIO AUTONOMO DE LA CIUDAD DE PLAZA HUINCUL
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA
CAPITULO I
Artículo 1º): Con el fin de ejercer la Función Ejecutiva del Gobierno y la Administración Municipal, el Intendente Municipal será asistido por los Secretarios que a continuación se enumeran; los que tendrán la función individual que esta Ordenanza les asigna y constituirán en conjunto el Gabinete Municipal:
a) JEFATURA DE GABINETE
b) GOBIERNO
c) HACIENDA Y ADMINISTRACION
d) SERVICIOS PÚBLICOS
e) PLANIFICACION URBANA
f) DESARROLLO SOCIAL
g) RELACIONES INSTITUCIONALES Y CIUDADANIA
CAPITULO II
FUNCIONES COMUNES DE LOS SECRETARIOS.
Artículo 2º): Cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, la Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas y Resoluciones; que en su consecuencia se dicten.
Artículo 3º): Refrendar con su firma los actos del Intendente referentes a su competencia, legalizando de esta manera los mismos.
Artículo 4º): Impartir directivas y adoptar decisiones en materia de programación y realización de las actividades propias de las Secretarías.
Artículo 5º): Comunicar las Resoluciones del Intendente, disponiendo de las tareas e informes que su cumplimiento requiera.
Artículo 6º): Promover la motivación y capacitación del Personal a su cargo, como así también observar el cumplimiento del Estatuto del Personal y aplicar las calificaciones y sanciones de su competencia.
Artículo 7º): Delegar atribuciones en el Personal a su cargo, en asuntos de su competencia.
Artículo 8º): Aprobación de las Contrataciones de Obras, Suministros, Servicios,
Reparaciones, Locaciones, Inversiones y Gastos correspondientes al Presupuesto de sus dependencias, conforme a las facultades y normas contractuales aplicables, elevando al Intendente las que él deba autorizar.
Artículo 9º):Recibir y analizar los Balances Mensuales de Ejecución del Presupuesto y los Informes de Avances habidos en programas de sus Secretarías, evaluando sus rendimientos, adoptando las medidas necesarias para corregir errores; mediante reuniones con los Responsables de sus Unidades.
Artículo 10º): Elaborar la Memoria Anual de la Secretaría, para su inclusión en la General de la Intendencia.
Artículo 11º): Asistir técnicamente al Intendente en asuntos de su competencia específica, suministrando la información necesaria para la elaboración y seguimiento del
Curso de Acción de las respectivas Políticas y Planes.
CAPITULO III
Artículo 12º): En ausencia de un Secretario, el Intendente encomendará las funciones interinamente a otro Secretario. De igual modo, se procederá en caso de vacancia y hasta tanto sea designado el titular.
Artículo 13º): Regirán para el ejercicio de su cargo las incompatibilidades e inhabilidades establecidas en el Artículo 109º y concordantes de la Carta Orgánica Municipal. Queda exceptuada de lo dispuesto por este Artículo la Actividad Docente.
CAPITULO IV
FUNCIONES DE LAS SECRETARIAS EN PARTICULAR
Artículo 14 Competen directamente al sector de Intendencia Municipal las siguientes funciones:
a) Convocatoria y Organización de Elecciones Municipales
b) Relación con las Asociaciones Gremiales del Personal Municipal y atención y gestión de sus peticiones.
c) Organizar la Mesa de entradas
d) Divulgación interna de publicaciones o difusiones de Interés Municipal.
e) Entender en todo lo relacionado con el Asesoramiento Jurídico que se requiera, en todas y cada una de aquellas cuestiones sometidas a su consideración
f) Redactar las Comunicaciones e Informaciones Públicas Comunales.
g) Ceremonial Municipal y Actos Públicos.
h) Entender en la difusión de los Actos de Gobierno y coordinar la información de los Medios de Comunicación Social.
i) Entender en lo que referido a los Mejoramientos Habitacionales, el Banco de Materiales y el Instituto Municipal de Vivienda
j) Atender todo lo referido a la protección ambiental y de los recursos naturales
k) Promover el ordenamiento ambiental.
l) Divulgar y promover políticas públicas en lo relacionado al tratamiento integral y ambientalmente adecuado de los residuos sólidos generados en la ciudad.
m) Regular las condiciones generales para el saneamiento ambiental.
n) Mitigar o impedir el impacto de las actividades contaminantes o deteriorantes del entorno natural.
o) Entender en los controles de seguridad e higiene en el ámbito del Ejido Municipal.
p) Promover el fortalecimiento industrial
q) Entender en la planificación y ordenamiento industrial y medioambiental.
r) Saneamiento Ambiental, prevención y eliminación de la contaminación ambiental y control de servicios atmosféricos.
Artículo 15 Dependerán directamente de la Intendencia las Siguientes Reparticiones Municipales:
a) Instituto Municipal de la Vivienda
b) Subsecretaria de Industria y Tecnología
c) Secretaría Privada
d) Mesa de Entradas
e) Secretaria Administrativa
f) Dirección de Prensa
g) Dirección de Protocolo
h) Dirección de Medio Ambiente
i) Dirección de Seguridad e higiene
j) Banco de Materiales
k) Mejoramiento Habitacionales
l) Asesoría Legal
m) Oficina de Sumarios Administrativos
Artículo 16 Competen directamente al sector de Jefatura de Gabinete las siguientes funciones:
a) Prevención de inundaciones, derrumbes e incendios, y acción directa cuando ocurriesen.
b) Entender en lo que hace al funcionamiento del Instituto Municipal de Censos y
Estadísticas
c) Entender en materia de control de las reparticiones municipales y la seguridad ciudadana
d) Entender en los controles de seguridad e higiene en el ámbito del Ejido Municipal.
e) Ejercer el Poder de Policía y aplicar multas o sanciones por incumplimiento de los
vecinos con relación al cuidado y conservación de los Servicios Públicos que ejecuta o controla.
f) Entender en las disposiciones generales que comprendan los servicios de transportes industriales.
g) Coordinar y articular con las diferentes Secretarias Municipales
Artículo 17 Dependerán directamente de la Jefatura de Gabinete las Siguientes Reparticiones Municipales:
a) Subsecretaria de Transporte
b) Defensa Civil
c) Dirección de Censos y Estadísticas
d) Organismo de Control de la Concesión eléctrica de Plaza Huincul
e) Control Urbano
f) Dirección de Transporte
Artículo 18 Competen a la Secretaría de Gobierno entre otras, las siguientes funciones:
a) Armonizar la Acción Comunal con la Provincial, y/o Nacional, en el Ámbito Local y entre los Poderes Municipales.
b) Seguridad de Personas y Bienes.
c) Policía e Inspección de moralidad, buenas costumbres e higiene de industrias, comercios, hoteles, restaurantes, confiterías, bares, salones de bailes, cines, teatros y otros sitios de
atención al público; pesas y medidas, vendedores ambulantes, marcas y señales,
construcciones, instalaciones de edificios, viviendas, espectáculos públicos, recreaciones, etc. Aplicar sanciones y multas, resolver recursos de reconsideración.
d) Organizar Programas o Actividades de Medicina Preventiva y curativa o asistencial, vacunaciones, Control Bromatológico de Alimentos y de Seguridad General.
e) Registrar y controlar el funcionamiento de Hospitales, Sanatorios, Clínicas y Consultorios Médicos Privados.
f) Promover y planificar la creación de lugares de esparcimiento y recreación.
g) Organizar el Deporte Comunitario, fomentar y apoyar las Actividades Deportivas en general.
h) Control de Mercados de Concentración y Abastos, Ferias, Mataderos, Frigoríficos, Tambos, etc.
i) Otorgamiento de Licencias de Conductor de Vehículos y afines, Policía de Tránsito, multas y sanciones por infracciones.
j) Establecer pautas para la elaboración de normas e instrucciones tendientes a lograr un correcto desarrollo de las actividades que de él dependan.
k) Sugerir al Departamento Ejecutivo sobre providencias o medidas de Orden Jurídico necesario por razones de Interés Público de la Administración o de buena aplicación de
las Leyes vigentes.
l) Relaciones con las Comisiones Vecinales
m) Intercambio de informaciones con otros Organismos Oficiales de Acción Local.
n) Trabajará en forma interinstitucional e interdisciplinaria con los distintos actores sociales.
o) La capacitación estará orientada a lograr el primer empleo y/o mejorar la empleabilidad de las personas desocupadas y/o subocupadas, a través de la formación en oficios o
capacitaciones complementarias.
p) Crear condiciones de intercambio entre la Sociedad Civil y Gubernamental, a los efectos de co-ayudar con las estructuras que condicen la participación para lograr mayor
eficiencia en las intervenciones, y promover el respeto efectivo de los Derechos Humanos.
q) Tratará todo lo relacionado con la planificación y elaboración de proyectos relacionados con la inserción de planes de mano de obra con necesidades sociales.
r) Atenderá los temas referidos a la mesa intersectorial de salud, denominada como Municipio Saludable
s) Atenderá lo relacionado a la Discapacidad y la Accesibilidad Ciudadana
Artículo 19 Dependerán de la Secretaria de Gobierno las Siguientes Reparticiones Municipales:
a) Subsecretaria de Capacitación
b) Subsecretaria de Municipio Saludable
c) Dirección de Red de Empleo
d) Dirección de Vecinales
e) Dirección de Bromatología,
f) Dirección de Deportes
g) Dirección de Transito
h) Dirección de Zoonosis
i) Dirección de Cultos
j) Dirección Municipal de Discapacidad y Accesibilidad
Artículo 20 Competen a la Secretaría de Hacienda y Administración entre otras, las siguientes funciones:
a) Participación en la elaboración de Proyecto de Presupuesto de Recursos y Gastos y sus modificaciones, según lo establece la Carta Orgánica Municipal.
b) Intervención previa en los compromisos, obligaciones, contrataciones, gastos e inversiones de los Organismos con Crédito Presupuestal asignado. Para verificar sus
legitimidades y efectuar los pertinentes créditos abiertos en la Contabilidad de Ejecución del Presupuesto.
c) Liquidación de Facturas de Suministros o Servicios, Certificados de Obras y Trabajos, asignación o reintegro de fondos rotativos o Caja Chica y de otros documentos que
generen obligaciones y elaboración de las correspondientes órdenes de pago, por la entrega de fondos a responsables.
d) Intervención previa del movimiento de Fondos y Valores de la Tesorería Municipal por si, o los Bancos con que opera, refrendo de los cheques que emite para cumplir órdenes y
libramientos de pago, Arqueo de Caja y Conciliaciones Bancarias.
e) Verificación de la corrección y exactitud de los Ingresos de Rentas, Tributos y demás recaudaciones municipales.
f) Control interno y contabilización de la Ejecución del Presupuesto de Recursos y Gastos, del Activo y Pasivo del Patrimonio Municipal, y de los cargos y descargos a
responsables, practicando Balances Mensuales, Trimestrales y Anuales, y elaboración de la Cuenta Anual de Inversión a presentar por el Intendente, al Concejo Deliberante.
g) Asesoramiento a los Contribuyentes sobre sus obligaciones y forma de cumplirlas.
h) Avisos de vencimiento de tributos conforme al calendario establecido.
i) Apertura de la Cuenta Corriente en Bancos Oficiales Locales y concertación de Convenios con los mismos, para la percepción de ingresos de recaudaciones.
j) Emisión y registro de cheques para cumplimiento de Órdenes de Pago o entrega de fondos.
k) Retiro de fondos para pago de Remuneraciones al Personal y Gastos menores por Caja Chica.
l) Recepción, custodia y devaluación de valores en garantía, de contrataciones, con órdenes de ingreso y devolución que emita la Contaduría y suscriba el Jefe de la Unidad de
Hacienda.
m) Arqueos y Conciliaciones Bancarias semanales y mensuales con la intervención de la Contaduría.
n) Registro de poderes y firma de apoderados de Proveedores o Contratistas de la Municipalidad, para verificación de la autenticidad de los recibos que suscriben.
o) Tipificación y catalogación de bienes de uso o consumo municipal y preparación de especificaciones particulares para los de uso o consumo común.
p) Organización y actualización del Registro de Proveedores Municipales.
q) Elaboración de las Órdenes de Compra a suscribir por el Jefe de Hacienda, para entrega directa por los Proveedores a los respectivos Sectores, con la periodicidad que las mismas
determinen, o formación de stocks de reserva en depósito de elementos de uso o consumo común.
r) Control de cumplimiento de las Contrataciones adjudicadas, verificando las recepciones,
en cantidad y calidad, intimación y resolución de sanción de los morosos y de devolución de garantías a los que han cumplido con sus provisiones o servicios.
s) Asistencia, orientación y coordinación de todo lo vinculado con la recepción, registro, trámites, despachos y archivo de las actuaciones municipales.
t) Participación en Cursos de capacitación de Funcionarios Municipales, impartiendo o recibiendo enseñanza sobre planificación, organización, normas y métodos
administrativos.
u) Resguardar y mantener actualizado el Inventario de muebles e inmuebles, y materiales del Patrimonio Municipal.
v) Asumir toda otra atribución o responsabilidad que determinen las Ordenanzas y Disposiciones vigentes.
w) Determinación de requisitos para los Concursos de selección de Ingreso o de Promoción, en atención al mérito de los candidatos.
x) Elaboración de la documentación, resoluciones, etc., de ingreso por nombramiento o contrato, movimiento de altas y bajas, licencias, promociones, reconocimientos médicos,
sanciones, calificaciones y otras novedades de Personal Municipal, mantenimiento de legajos actualizados, registro en las fichas de antecedentes y novedades y emisión de
Certificados de Servicios.
y) Liquidación de Remuneraciones y descuentos al Personal.
Artículo 21 Dependerán de la Secretaria de Hacienda y Administración las Siguientes
Reparticiones Municipales:
a) Subsecretaria de Hacienda
b) Dirección de Recaudaciones
c) Dirección de Tributo y Comercio
d) Dirección de Patrimonio Municipal
e) Dirección de Tesorería
f) Dirección de Contaduría
g) Dirección de Compras
h) Dirección de Sueldos
i) Dirección de Sistemas
j) Dirección de Personal
k) Dirección de Recursos Humanos
l) Dirección de Archivo Administrativo Municipal
Artículo 22 Competen a la Secretaría de Servicios Públicos entre otras, las siguientes funciones:
a) Prestación de los Servicios Públicos de su competencia.
b) Mantenimiento de Monumentos, Plazas, Parques, Jardines, Paseos, Ferias, Cementerio,
Juegos infantiles, etc.
c) Conservación y mantenimiento de calles y caminos.
Municipalidad de PLAZA HUINCUL
d) Regulación del Tránsito y Transporte Públicos, Señalizaciones, Semáforos,
Estacionamientos, etc.
e) Barrido y limpieza de Calles, Parques, Plazas, etc.
f) Mantenimiento de Redes de Gas, Agua Potable y Cloacas.
g) Limpieza de terrenos baldíos por cuenta de sus dueños.
h) Recolección, destrucción, incineración o eliminación de Residuos Domiciliarios y
recuperación de lo aprovechable.
i) Plantación, cuidado, conservación y poda de árboles en la vía Pública, Paseos, Parques,
Plazas y Jardines Municipales.
j) Asumir toda otra atribución o responsabilidad que determinen las Leyes y Disposiciones
vigentes
k) Atenderá todo lo relacionado al cuidado y mantenimiento de Parques y Viveros.
l) Asumir toda otra atribución o responsabilidad que determinen las leyes y disposiciones
vigentes.
Artículo 23 Dependerán de la Secretaria de Servicios Públicos las Siguientes Reparticiones
Municipales:
a) Subsecretaria de Servicios Públicos
b) Subsecretaria de Logística Urbana
c) Subsecretaria de Mantenimiento Urbano
d) Coordinación General de Mantenimiento Urbano
e) Dirección General de Servicios Públicos
f) Dirección de Servicios
g) Dirección de Cementerio
h) Dirección de Bombeo Central
i) Dirección de Agua y Saneamiento
j) Dirección de Espacios Verdes
k) Dirección de Recolección de Residuos
l) Dirección de Bacheo
m) Oficina de Reclamos
Artículo 24 Competen a la Secretaría de Planificación Urbana entre otras, las siguientes
funciones:
a) Asumir toda otra atribución o responsabilidad que determinen las Leyes y Disposiciones
vigentes
b) Proyecto de Ejecución de Obras Públicas Planificadas.
Municipalidad de PLAZA HUINCUL
c) Proyectar y Ejecutar todo lo que hace al urbanismo y embellecimiento, ordenamiento y
estética de la Ciudad.
d) Ejecutar Obras delegadas por la Provincia, la Nación y/u Organismos Internacionales,
ajustándose a las Normas que respectivamente regulen su ejecución.
e) Intervenir en mensura y subdivisión de inmuebles.
f) Controlar el cumplimiento del Plan Regulador Edilicio y Normas para la Localización
de Industrias, Comercios, Servicios, Viviendas, etc.
g) Autorización y control de Obras de terceros, Aprobación de planos, Subdivisión de
propiedad horizontal, expedición de Certificados, habilitación de edificios e instalaciones,
etc.
h) Reparaciones y demoliciones de Edificios Privados, por razones de Seguridad Pública.
i) Regulación y control de construcción y mantenimiento de cercos, aceras y veredas.
j) Delineación y nivelación de calles y caminos, puentes, pasos peatonales, etc., urbanos o
rurales.
k) Asumir toda otra atribución o responsabilidad que determinen las leyes y disposiciones
vigentes.
Artículo 25 Dependerán de la Secretaria de Planificación Urbana las Siguientes Reparticiones
Municipales:
a) Subsecretaría de Obras Publicas
b) Coordinación General de Tierras y Catastro
c) Coordinación General de Obras Particulares
d) Coordinación General de Obras Publicas
e) Dirección de Mantenimiento de Escuelas
Artículo 26 Competen a la Secretaria de Desarrollo Social, entre otras cosas, las siguientes
funciones:
a) La Prevención y Asistencia de la Población en general y en particular en casos de alto
riesgo social de la población más vulnerable.
b) Contención de niños desde 45 días hasta 3 años, a través del Centro de Desarrollo
Infantil
c) Contención de adolescentes y jóvenes con capacidades especiales en el Lavadero
Espumita.
d) Fomentar la Capacitación y la formación en distintos oficios, que sirvan también como
un espacio de contención para las mujeres.
e) Actividades de prevención y promoción de espacios de contención de sectores y grupos
más vulnerables.
Municipalidad de PLAZA HUINCUL
f) Impulsará el bienestar del Ciudadano, implementando Políticas Públicas capaces de
brindar respuestas abarcativas a problemáticas de corto, mediano y largo plazo.
g) Atender lo referido a la protección de la familia, las infancias, la adolescencia y
ancianidad
Artículo 27 Dependerán de la Secretaria de Desarrollo Social las Siguientes Reparticiones
Municipales:
a) Subsecretaria de Desarrollo Social
b) Dirección de Promotores Sociales
c) Lavadero Espumita
d) Centro de Desarrollo Infantil Gajitos de Ternura
e) Centro de Capacitación Laboral
f) Dirección de Pensiones
Artículo 28 Competen a la Secretaría de Relaciones Institucionales y Ciudadanía entre
otras, las siguientes funciones:
a) Relaciones con las Autoridades Políticas y Administrativas Nacionales, Provinciales y
de otras Municipalidades.
b) Relaciones Empresariales, Gremiales, Profesionales, Culturales y con los Habitantes de
la Localidad.
c) Organizar el Archivo Histórico Municipal.
d) Contención de adultos mayores.
e) Coordinar políticas y acciones con áreas de salud, educación y otras de interés general.
f) Fomentar y apoyar toda actividad que propenda a la preservación y acrecentamiento de
los Valores Culturales de la Comunidad.
g) Fomentar y promover el desarrollo de la actividad turística de la localidad y zonas de
influencia.
h) Entender todo lo que hace a la creación, instalación y mantenimiento de Bibliotecas,
Museos, Exposiciones de Arte, etc.
i) Rescatar las diversas manifestaciones Culturales de la Provincia y Promover la
Preservación y Fomento de la Cultura Autóctona.
j) Entender en la elaboración de programas de promoción y protección de la inversión
productiva.
k) Coordinar y generar propuestas para afirmar el desarrollo productivo.
l) Intervenir en el fortalecimiento del sector agrícola ganadero de la zona.
m) Entender en el acompañamiento a los pequeños productores.
n) Trabajará en forma articulada con distintos actores sociales.
Municipalidad de PLAZA HUINCUL
o) Participar de todas las acciones de su competencia en donde participen otras secretarias
y/u organizaciones gubernamentales o no gubernamentales.
p) Propiciar, planificar y ejecutar acciones tendientes al Desarrollo Local en forma
individual o en conjunto con otras Áreas Municipales en todos los aspectos, a los efectos
de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos en corto, mediano y largo plazo.
q) Atender lo que hace a la protección de los derechos de las infancias, la adolescencia y
juventudes.
r) Procurara ofrecer Capacitación Institucional en aquellas dependencias con atención a la
Niñez, Adolescencia, Juventudes y Tercera Edad.
s) Atender las Problemáticas en lo que hace a perspectiva de género y acompañamiento a
las mujeres.
Artículo 29 Dependerán de la Secretaria de Relaciones Institucionales y Ciudadanía las
siguientes Reparticiones Municipales.
a) Subsecretaria Agencia para el Desarrollo Productivo
b) Subsecretaria de Producción y Agricultura Familiar
c) Subsecretaria de Niñez Adolescencia y Juventud
d) Dirección de Producción e Industria
e) Dirección de Producción y Agricultura Familiar
f) Dirección de Archivo histórico Municipal
g) Coordinación de Adultos Mayores
h) Museo Municipal Carmen Funes
i) Biblioteca Municipal Juan Benigar
j) Casa de la niñez y Adolescencia
k) Dirección de Juventudes
l) Dirección de Cultura
m) Dirección de turismo
n) Consejo Municipal de la Mujer
o) Dirección Municipal de Diversidad
p) Oficina de Marketing Institucional
Artículo 30 Deróguese la Ordenanza Nº 1784/2022.
Artículo 31 Comuníquese al Departamento Ejecutivo