A pedido del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid, el juez de garantías Mario Tomassi fue apartado de intervenir en la audiencia de control de acusación en el marco de la causa en la que se investiga la conducta del magistrado Diego Piedrabuena y de L.N.G, durante un incidente en un supermercado.
La resolución de apartar del caso al juez Tomassi fue tomada por su par Nazareno Eulogio, titular del colegio de jueces del interior, luego de hacer lugar al planteo de la fiscalía y de la querella particular.
A la audiencia realizada se llegó luego de que el viernes, previo a desarrollarse el control de acusación a los imputados, el juez Tomassi tomó la palabra y realizó una serie de consideraciones. En ese sentido, Breide Obeid afirmó que “el problema no es qué dijo, sino cuándo y cómo”, en referencia a que el magistrado, sin conocer el caso, cuestionó que la causa llegue a juicio por lo que él consideraba que no era un delito de gravedad.
“El juez debe ser proactivo y controlar la solución del conflicto primario. El problema es cómo y cuándo lo hace: lo hizo al inicio y sin escuchar a las partes. Dijo que conocía el caso de los medios; dijo que la fiscalía era arbitraria y que había perdido la objetividad”, apuntó el fiscal jefe respecto de las críticas que desplegó el juez Tomassi durante la audiencia que se realizó el viernes y en la que, en representación de la fiscalía intervino la fiscal del caso Silvia Moreira.
Además, Breide Obeid hizo referencia a una de las intervenciones del juez, cuando cuestionó que no se aplicara una “salida alternativa”, en el caso. “No vio la calificación. Si la hubiera visto hubiera sabido que en el caso de Piedrabuena no se pueden aplicar salidas alternativas”, aclaró el fiscal, en referencia a que, cuando se trata de funcionarios públicos, no es posible aplicar esa vía de resolución.
Finalmente, el fiscal jefe consideró que la intervención y las apreciaciones vertidas por Tomassi no fueron un error. “Yo creo que se puso en esta posición y lo cierto es que no fue imparcial”, afirmó Breide Obeid, y solicitó el apartamiento al presidente del colegio de jueces del interior por prejuzgamiento.
Tras escuchar a las defensas, Eulogio hizo lugar a la recusación, por lo que el control de acusación, es decir, la audiencia previa al juicio, deberá realizarse en fecha a confirmar pero con otro juez o jueza de garantías.
Diego Piedrabuena está acusado por el delito de atentado a la autoridad agravado por ser funcionario público, en carácter de autor (artículos 237 y 238, inciso 3, del Código Penal); y L.N.G por resistencia a la autoridad, en concurso ideal con lesiones leves agravadas por ser contra un funcionario policial, en carácter de autora (artículos 239, 89, 92 en función del 80, inciso 8, del Código Penal).