La ANSES revocó la Asignación Mensual Vitalicia del ex compañero de fórmula de Cristina Kirchner tras su condena penal definitiva. Para el organismo, la llamada jubilación de privilegio es “una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor”, que el ex funcionario no merece por “conductas delictivas que perjudicaron al erario público”.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) revocó hoy la Asignación Mensual Vitalicia que percibía el ex vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, tras la confirmación de su condena penal definitiva por delitos cometidos en el ejercicio de su función pública. Se trata de una decisión “en espejo” de la que tomó la semana anterior, cuando hizo lo propio con la que percibía Cristina Fernández de Kirchner.
La decisión, oficializada mediante la Resolución 1103/2024 publicada en el Boletín Oficial, se fundamenta en que la condena por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública descalifica a Boudou para recibir beneficios graciables otorgados bajo la Ley 24.018.
En los considerandos de la resolución, la ANSES destacó que “la indignidad sobreviniente respecto del beneficiario de una asignación otorgada […] afecta también al derecho a la percepción de una gracia que acompañe el ejemplar desempeño de una magistratura relevante”.
Además, señaló que la asignación otorgada es “una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor” y que estos valores fueron violados por conductas delictivas que perjudicaron al erario público.
El organismo subrayó que el beneficio otorgado bajo esta normativa carece de inalienabilidad e irrevocabilidad, ya que está supeditado al buen desempeño en el cargo: “El mal desempeño […] resulta jurídicamente incompatible con una conducta deshonrosa de parte del beneficiario, determinada con fuerza de verdad legal”.
La resolución busca establecer un mensaje de ejemplaridad, argumentando que “la pérdida de estos privilegios tiene para la sociedad entera y para la clase política un significado ejemplar”.
Privilegios
La jubilación de presidentes y vicepresidentes se rige por la Ley 24.018 -aprobada en noviembre de 1991-, que alcanza también a los jueces y fiscales. En octubre de 2002 el Congreso derogó la ley, pero el entonces presidente Eduardo Duhalde vetó la iniciativa y sólo dejó en pie la eliminación de las jubilaciones de privilegio para diputados y senadores nacionales.
Según este régimen, los presidentes cobran el equivalente al sueldo de un juez de la Corte Suprema de Justicia, mientras que a los vicepresidentes les corresponde el 75% de ese monto. En tanto, las viudas e hijos menores o discapacitados cobran una pensión equivalente al 75% del haber original.
Otros ex vicepresidentes también son beneficiados con un haber de privilegio: son Gabriela Michetti, Julio Cobos y Daniel Scioli.