Imagen
El Ejecutivo está terminando de dar las puntadas finales a la reglamentación para luego avanzar con la facturación del tributo en los surtidores de las estaciones de servicio de la ciudad.

Hay que recordar que la Ordenanza, aprobada el jueves pasado, pero notificada posteriormente (posiblemente el viernes), tiene 10 días hábiles y se promulga automáticamente. Puede ocurrir también que el ejecutivo emita el Decreto de promulgación y eso ocurra antes.

No obstante, en el caso de esta norma en especial, requiere de una reglamentación dado que intervienen actores privados, como las estaciones de servicio, que cobran un tributo a nombre del municipio sobre una base imponible variable, como el consumo de combustibles, y debe tener una fecha de cierre y depósito de los fondos recaudados.

En el Ejecutivo ya están trabajando en la reglamentación de la norma. Habrá que ver cuánto se demora, a partir de allí se hace la notificación y luego comienza el cobro. En definitiva, quedaría a más tardar un plazo de 15 días hábiles para que se comience a facturar en surtidor.

Cabe señalar que la Infinia diésel, sin la tasa se vende a 1.262 pesos por litro y, con la tasa, a 1.307 pesos. Es decir, que el recargo es de 45 pesos por litro lo que significan 2.250 pesos en un tanque de combustible con 50 litros de capacidad.