A menos de 24 horas de ocurrido el hecho, la fiscal del caso Eugenia Titanti formuló cargos contra un policía que, utilizando su arma reglamentaria, efectuó un disparo “a quemarropa” y mató a otro varón. También pidió la imposición de 4 meses de prisión preventiva, por considerar que existe riesgo de que el imputado no se someta al proceso.
El asistente letrado de la fiscalía de Homicidios Bruno Micciulo, quien es parte del equipo que interviene en el caso, describió las medidas de investigación que ya se realizaron y las que restan realizar para completar la investigación, pero afirmó que en la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, el imputado actuó con “total desprecio por la vida y por la capacitación e instrucción que recibió”.
El acusado es Nicolás Leopoldo López, un efectivo de la policía de la Provincia con aproximadamente dos años de antigüedad. Según relató Titanti, el 9 de marzo, cerca de las 15:20, disparó y mató a Diego Escobar, cuando este se encontraba en un taller en el que trabajaba, ubicado en el área centro-oeste de la ciudad.
A esa hora, la víctima estaba trabajando en el lugar junto a dos primos y otro empleado. Cuando uno de los familiares de Escobar salía del taller para realizar unas compras se topó con López, quien portaba su arma y, sorpresivamente, le apuntó en el pecho y apretó el gatillo, sin que saliera el proyectil. “Asustado, le dijo que no hiciera eso, que no era un juego. Pero haciendo caso omiso, López ingresó al taller, dónde estaba la víctima junto a su otro familiar”, señaló la fiscal, y afirmó que, en ese instante, el imputado reiteró la maniobra: apoyó el arma en el pecho de Escobar y volvió a apretar el gatillo. Esta vez, el disparo se efectuó, por lo que la víctima murió casi de inmediato.
La fiscal del caso encuadró el hecho en el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor (artículos 79, 41bis y 45 del Código Penal). Como el acusado no se encontraba de servicio (lo había estado hasta el mediodía), no se aplica en este caso el agravante de la función policial.
Luego, el asistente letrado Bruno Micciulo solicitó la imposición de una medida cautelar para garantizar la realización del juicio, por considerar que en el hecho se presentan los dos peligros procesales que habilitan la posibilidad de que una persona que no está condenada sea privada de su libertad: el riesgo no sometimiento al proceso y el de entorpecimiento de la investigación.
Micciulo argumentó que el imputado actuó con “total desprecio por la vida humana y por la capacitación y la instrucción que recibió” y remarcó que “entró al taller bromeando y usando su arma a modo de chiste”. “Un testigo le dijo que dejara de hacer esas bromas, ya que no era la primera vez que lo hacía”, agregó el representante de la fiscalía de Homicidios, quien aclaró que “este desprecio por la reglamentación y por su función nos hace pensar que si no pudo acatar eso, menos se someterá al proceso penal”. Para sostener el pedido de la medida cautelar más grave, como es la prisión preventiva, también argumentó que la pena en expectativa en caso de una condena es alta, con un mínimo de 10 años y 4 meses de prisión, y que ante esa situación, el imputado podría evadir el proceso.
Finalmente explicó que, como López tenía una relación de amistad tanto con la víctima como con los testigos, la prisión preventiva era necesaria para evitar que pudiera influenciar a estos últimos y, efectivamente, entorpecer la investigación que a partir de hoy deberá completar la el Ministerio Público Fiscal.
Tras escuchar a las partes, el juez de garantías tuvo por formulados los cargos tal como los presentó la fiscal, fijó el plazo de investigación en 2 meses y, tras descartar un pedido de detención domiciliaria que realizó la defensa, impuso la prisión preventiva por 4 meses.