El fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid y la querella particular, solicitaron al tribunal que se declare la responsabilidad de los efectivos policiales acusados por su intervención en el operativo en el que se produjo el homicidio del docente Carlos Fuentealba, el 4 de abril de 2007.

En ese marco, y a partir de la declaración que brindó en el juicio que comenzó el 1 de marzo, Breide Obeid pidió al tribunal que le ordene a la Oficina Judicial “la remisión de la declaración del 8 de marzo del exgobernador Jorge Omar Sobisch a la fiscalía de Admisión de Casos para que, con el expediente y su declaración prestada en el expediente 9307 del juicio realizado en 2008 en el caso Poblete, se investigue la posible comisión del delito de falso testimonio”.

El juicio, que demandó casi dos semanas de debate, se desarrolló con la particularidad de que el Ministerio Público Fiscal tenía limitado su accionar al único acusado oportunamente, el policía Benito Ariel Matus, pero no así la querella particular, que acusó al resto de los efectivos: Carlos David Salazar, Moises y Adolfo Soto, Jorge Bernabé Garrido, Mario Rinzafri, Aquiles González y Julio Lincoleo.

Así, al momento de los alegatos para solicitar la responsabilidad de los imputados, el fiscal jefe describió los dos hechos que le atribuyó inicialmente a Matus y que consideró probados durante el juicio: haber disparado con una escopeta 12/70 contra una persona que se movilizaba a bordo de un auto y haber golpeado con su arma a otro manifestante, cuando éste último se dirigía con las manos en alto hacia un cordón policial.

Los delitos que le imputó fueron abuso de armas, en el primer hecho, en concurso real con lesiones leves, agravadas ambas por haber sido efectuadas en la condición de funcionario público (artículos 104; 105; 89; 80, inciso 9; 55 y 45 del Código Penal). “No hay discusión, Matus era oficial y ahora es comisario, estaba en servicio, porque fue como personal de logística y luego se le asignó otra función”, indicó Breide Obeid, para referenciar que, a pesar de conocer el modo en que se debe utilizar ese tipo de arma, la utilizó de otro modo. “Acá se explicó cómo se debe usar una escopeta con el objetivo de disuadir: tirando al aire o hacia el piso, con rebote, con una inclinación de 45 grados. En la imagen vemos que estamos en un caso de un disparo directo, a 90 grados”, detalló el fiscal jefe, que se preguntó si esa situación “generó un peligro para quienes se asomaban en la ventana”. Planteó que “categóricamente, sí”, y luego solicitó la declaración de responsabilidad del policía.

Los abogados querellantes Ricardo Mendaña y Marcelo Medrano acusaron también a otros siete efectivos. Además de adherir al planteo de la fiscalía respecto de Benito Ariel Matus, solicitaron la responsabilidad de Carlos David Salazar, Moisés y Adolfo Soto, Jorge Bernabé Garrido y Mario Rinzafri por el delito de abuso de autoridad; y de Aquiles González y Julio Lincoleo por encubrimiento.

Inmediatamente después de los abogados querellantes, Sandra Rodríguez, viuda de Carlos Fuentealba, relató lo ocurrido el día del homicidio del docente.

A partir del mediodía comenzaron los alegatos de las defensas, mientras que mañana, los imputados podrán dirigirse al tribunal.

Referencias

Los hechos ocurrieron el 4 de abril de 2007, durante una manifestación de docentes en cercanías de la localidad de Arroyito, donde en el marco del operativo montado por la Policía provincial, el entonces cabo Darío Poblete disparó y mató a Carlos Fuentealba. Por ese hecho, el policía fue acusado y condenado a prisión perpetua, responsable del delito de homicidio calificado con alevosía.

En otra causa que avanzó en paralelo, el Ministerio Público Fiscal investigó oportunamente las responsabilidades de otros efectivos y jefes policiales respecto del desarrollo del operativo. En 2009, el fiscal que llevaba la causa, Alfredo Velasco Copello, pidió el sobreseimiento de todos los acusados salvo de uno, Benito Ariel Matus, a quien imputó por dos hechos. El juicio nunca se concretó y, por extinción de la acción penal, todos los acusados fueron sobreseídos.

En 2019, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó retomar la investigación y, con la causa adecuada al nuevo Código Procesal Penal de la provincia –entró en vigencia el 14 de enero de 2014- fijó las pautas para hacerlo. En ese contexto, el Ministerio Público Fiscal veía limitado su accionar al único acusado en 2009, pero no así la querella particular.

El 25 de noviembre de 2021 -en una decisión que fue ratificada 13 de abril de 2022 - el juez de garantías Lucas Yancarelli habilitó la etapa de juicio. En el caso de Benito Ariel Matus, por abuso de armas y lesiones leves, agravadas por su condición de funcionario público; mientras que respecto de los efectivos Carlos David Salazar, Moisés y Adolfo Soto, Jorge Bernabé Garrido, Mario Rinzafri, Aquiles González y Julio Lincoleo, la habilitación de instancia de juicio fue por abuso de autoridad y encubrimiento agravado, en algunos casos ambas figuras y en otros sólo una de ellas.