La Justicia Federal de Córdoba ha dictaminado que el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) debe restablecer la cobertura del 100% de medicamentos para todos sus afiliados jubilados en la provincia. Esta decisión, con carácter de medida cautelar, suspende temporalmente la aplicación de los nuevos y más restrictivos requisitos de acceso al beneficio que la obra social había aprobado en 2024.
La medida regirá hasta que se resuelva de manera definitiva un recurso de amparo colectivo presentado por diversas organizaciones y abogados de Córdoba.
Cambios en la cobertura y sus consecuencias
Durante 2024, el PAMI había discontinuado un programa que ofrecía un listado de medicamentos esenciales con cobertura total a los jubilados. Posteriormente, la resolución 2431/24 de agosto de 2024 estableció nuevos requisitos para acceder al 100% de cobertura. Entre estas condiciones, se incluía tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos, no ser propietario de más de un inmueble y no poseer un vehículo de menos de quince años de antigüedad. Quienes no cumplieran estos criterios, debían solicitar el beneficio por vía de excepción. La norma justificaba estos cambios en la necesidad de asegurar la “sustentabilidad del sistema”.
Sin embargo, los abogados demandantes argumentaron que esta medida vulnera el derecho constitucional a la salud y el acceso integral a la salud, protegidos por tratados internacionales a los que Argentina adhiere. Señalaron que la relación entre los ingresos y el costo mensual de los medicamentos no resulta sostenible para los jubilados. Según la Defensoría de la Tercera Edad, en abril, el gasto mensual en medicamentos para una persona jubilada era de $260.254, mientras que la jubilación mínima alcanzaba los $296.000.
Para un jubilado con 1,5 haberes previsionales mínimos ($444.721 en mayo), ese gasto representaba el 58% del tope establecido para la cobertura total.
“Situaciones tristes y genocidas”
La medida cautelar, aunque el reclamo se inició en Córdoba, fue tomada por la justicia de Mendoza, específicamente el Juzgado Federal N° 2, que ya había entendido en amparos similares. La orden judicial indica al PAMI “cumplir con la provisión de los medicamentos esenciales a todos los afiliados de la provincia de Córdoba”. Esto implica “retrotraer la provisión de medicamentos como era antes de la aplicación de estas ilegítimas resoluciones, es decir sin tantas exigencias y de manera sencilla para los afiliados, y con la cobertura al 100% de muchos remedios”.
La abogada Mabel Edith Sessa, quien presentó la demanda junto a Carlos Vicente, destacó las dramáticas consecuencias de la falta de acceso a los medicamentos. “La falta de provisión de remedios, sumada al insuficiente haber jubilatorio que no alcanza para llegar a fin de mes, llevó a situaciones tristes. Tienen conocimiento de personas que directamente no compran más la medicación, o restringen las tomas diarias o cortan las pastillas para que les dure más”, explicó Sessa, lamentando que no todos cuentan con familiares que puedan ayudarlos. En la acción de amparo, los abogados calificaron estas prácticas como “genocidas”, entendiendo la avanzada gubernamental en esta coyuntura dentro de dicho concepto social.