La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ha ordenado la reincorporación de cinco trabajadores del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA). Estos empleados, amparados por la Ley de Cupo Laboral Travesti Trans (Ley 27.636), habían sido cesados en sus funciones tras la no renovación de sus contratos.
La decisión judicial revierte un rechazo en primera instancia y hace lugar a una medida cautelar solicitada por los trabajadores. La solicitud se fundamentó en la especial situación de vulnerabilidad estructural que enfrenta el colectivo LGBTIQ+ y en la violación de derechos fundamentales como el derecho al trabajo, a la identidad de género y a la no discriminación.
Incumplimiento del cupo y vulnerabilidad
Los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani destacaron en su fallo que la Ley de Cupo establece que, al menos, el 1% del personal del Estado debe estar compuesto por personas travestis, transexuales o transgénero. En este sentido, subrayaron que el propio INCAA reconoció contar actualmente con solo un 0,79% de personal comprendido en ese cupo, lo cual implica un claro incumplimiento del mandato legal.
Los camaristas señalaron que no se pueden ignorar las consecuencias del rechazo de la medida cautelar, “dada la naturaleza alimentaria del salario y la particular situación de vulnerabilidad” de las personas afectadas. En esa línea, resaltaron que la ley busca garantizar la igualdad real de derechos y oportunidades mediante acciones afirmativas que aseguren el acceso al empleo público para personas trans.
Esta resolución representa un precedente significativo en la implementación efectiva de la Ley 27.636 y en la protección de los derechos laborales de un colectivo históricamente excluido del mercado formal de trabajo.