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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplificó el régimen de información para la transferencia de motos y autos usados radicados en el país. Desde ahora, los titulares ya no tendrán que presentar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) por la compraventa de un automotor.

La norma establece, en este marco, la derogación del "Título I de la Resolución General N° 2729” que correspondía a la presentación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en la compraventa de un auto o moto usado. Hasta ahora se debía tramitar el formulario cuando las operaciones de compraventa de automotores y motovehículos usados superaban los $10.919.766.

El trámite fue derogado mediante la Resolución N°5505 publicada este jueves en el Boletín Oficial. Según informó el organismo a cargo de Florencia Misrahi, la decisión permite agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de dichos bienes y permite "modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios".

De este modo, la AFIP eliminó la utilización del CETA que era exigido para las operaciones de transferencia de vehículos automotores y motovehículos usados. Se trata de un formulario que tenían que pedir las personas (humanas y jurídicas) y las sucesiones indivisas, del país o residentes en el exterior, relacionadas a la transferencia de un auto o moto usado y que estén radicados en Argentina. Este documento era completado por el vendedor del auto.