El Gobierno Nacional parece haber comprendido la importancia del servicio de grúas como parte de las pólizas de seguro y emitió este viernes la Resolución 269/2024 que da marcha atrás con la anterior, también emitida por la Superintendencia de Seguros de la Nación, prohibiendo a las aseguradoras brindar el servicio de grúa y remolque a sus asociados a partir del próximo 1° de julio.
Los aumentos en el costo de las pólizas han sido significativos. Los seguros contra terceros han trepado de 25 mil pesos mensuales a 45 mil. Hasta ahora, las pólizas de seguro de automóviles incluían servicios adicionales de grúa y asistencia mecánica para situaciones que no estuvieran relacionadas con siniestros.
Sin embargo, esa oferta es onerosa para las compañías aseguradoras, que se ven obligadas a destinar recursos significativos a servicios tercerizados y costosos. Por ello, salió la resolución que daba de baja la obligatoriedad.
La decisión conocida este viernes, surgió tras varios pedidos de informes y cuestionamientos sobre la medida.
El vocero presidencial, Manuel Adorni, había confirmado que no se revertiría la decisión de modificar el servicio de grúas ofrecido por las compañías aseguradoras en todo el país. La Resolución SSN 217/2024, que debía entrar en vigor el 1 de julio, eliminaba la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en sus pólizas de autos.
A finales de abril la Superintendencia de Seguros de la Nación (SNN), a cargo de Guillermo Plate, había anunciado que las empresas de seguros de autos debían excluir los servicios de grúas o remolques y asistencia mecánica en todo el país. Sin embargo, la SNN confirmó este viernes la firma de la resolución 269/2024, que revierte la medida.
"Se firmó una resolución que deroga la anterior, por lo que vuelve a estar el servicio de remolque y grúas en los mismos términos que estaba antes", dijeron fuentes de la SSN.
La modificación, de haber seguido adelante, implicaba además que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los "desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible".
Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de "accidente, incendio y robo y/o hurto".
A raíz de esta medida impuesta por la SSN, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) había tomado una decisión el 28 de mayo: una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores.
Buscaban obtener la nulidad del artículo 2° de la Resolución, que imponía "modificaciones que afectan directamente las condiciones del servicio de remolques, privando a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro".