Imagen

El municipio de Cutral Co está completando las notificaciones de los exámenes de control de consumo de drogas y alcohol y, algunas versiones –no confirmadas- señalan que, en algunos sectores operativos ya hubo exámenes.

En paralelo, se conoció la reglamentación de la Ordenanza que establece el Psicofísico. Un dato es que interesante es que se puede testear hasta a los visitantes a la comuna o a quienes estén dentro de propiedad municipal. “El presente decreto se aplica a todo el personal de la Municipalidad de Cutral Co y/o personal contratista que realiza actividades y servicios para la misma, así como también a toda persona que se encuentre dentro de la propiedad en carácter de visita u otra condición”, señala al definir los alcances.

Luego agrega que “Es de aplicación también cuando el personal se encuentre dentro de la propiedad o sitio de trabajo inherente a la misma, en vehículo oficial o un vehículo personal mientras realizan alguna actividad que sustente o promueva, directa o indirectamente, los objetivos o fines de la institución”. 

Cuando se planteó la Ordenanza surgió inmediatamente la interrogante respecto a quiénes iban a ser testeados y qué se iba a hacer con los positivos. La reglamentación es extensa, pero, para una mejor comprensión, la publicamos completa.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CUTRAL CO DECRETA: 

Artículo 1o) APRUÉBASE la reglamentación e implementación "POLÍTICA DE CONTROL DE ALCOHOL Y DROGAS EN EL ÁMBITO LABORAL MUNICIPAL" de la Ordenanza N° 2874/2024 que como ANEXO ÚNICO, forma parte integrante de la presente norma legal.- 

Reglamentación:

1- OBJETIVO 

1-1. - Establecer y mantener un ambiente de trabajo seguro, saludable y libre de los efectos de las adicciones en general, alcohol y drogas en particular que pudieren afectarla salud biopsicosocial del  personal de la Municipalidad de Cutral Co, como así también proteger los bienes de cada sector, de  los vecinos, proveedores y de terceros. 

1.2 - Concientizar y sensibilizar a los empleados en su totalidad para crear y desarrollaruna cultura de prevención de adicciones, mediante programas de educación continua cuya herramienta fundamental serán las capacitaciones. 

1.3 - Promover la participación de los empleados en los programas de prevención sobre adicciones. 

1.4 - Capacitar a los responsables de los sectores para detectar comportamientos y/o conductas que pudieran ser compatibles con el uso de alcohol y/o drogas. 

1.5 - Los valores limites aceptados de alcohol y drogas son "0" tolerancia. 

2 - ALCANCE 

El presente decreto se aplica a todo el personal de la Municipalidad de Cutral Co y/o personal contratista que realiza actividades y servicios para la misma, así como tambiéna toda persona que se encuentre dentro de la propiedad en carácter de visita u otra condición. 

Es de aplicación también cuando el personal se encuentre dentro de la propiedad o sitio de trabajo inherente a la misma, en vehículo oficial o un vehículo personal mientras realizan alguna actividad que sustente o promueva, directa o indirectamente, los objetivos o fines de la institución. 

3 DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA 

Programa de salud ocupacional 

Estatuto Municipal 

Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo 19.587/79 

Ley de Riesgos del Trabajo 24.557/95 

Ley del derecho a la Protección de la Salud Mental. 26657/11(adicciones como enfermedad) 

Ley N° 23.737/89 (tenencia y tráfico de estupefacientes) 

4 - DEFINICIONES 

Base de Selección: Un proceso de selección de empleados para la realización de exámenes de drogas o alcohol en forma aleatoria. 

Drogas de diseño. Se entiende como droga de diseño (Entactógenos) aquella que puede ser sintetizada o preparada en un laboratorio a partir de sustancias químicas 'no naturales'. Según a la familia a la que pertenezcan pueden producirefectos distintos sobre el sistema nervioso, imitando los efectos de las drogas naturales. 

Drogas ilegales- Sustancias psicoactivas, no recetadas ni usadas con la autorización de la ley. 

Drogas, Medicinas u otras Sustancias que no requieren receta médica - Drogas, medicinas u otras sustancias generalmente disponibles sin receta médica ("Venta Libre") y capaces de impedir, restringir o alterar el juicio o el desempeño de un empleado en su trabajo. 

Drogas Recetadas - Drogas tomadas bajo la dirección de un profesional médico para tratar una condición específica - física, mental o emocional. 

Instalaciones de la Municipalidad de Cutral Co- Incluye todas las ubicacionesen las cuales el trabajador realiza su actividad, o en aquellas que son asignadas para su uso, incluyendo los estacionamientos y áreas de almacenamiento.También incluye automóviles, camiones y cualquier otro vehículo y equipo, sin importar si son propiedad de la institución, o si son alquilados por ésta. 

Todo personal de la Municipalidad de Cutral Co- cuando este al servicio sin importar el sitio del ejido de la ciudad en donde se encuentre. 

Medicamentos No Autorizados o Drogas Recetadas No Autorizadas- Los medicamentos o drogas no recetadas para el tratamiento médico de una condición física, mental o emocional específica bajo la supervisión de un profesional médico. 

Medico Laboral: Profesional médico con especialización en medicina laboral, responsable de recibir los resultados de los exámenes de drogas o alcohol, con conocimientos y capacitación para interpretar y evaluar los resultados de estos, así como la historia médica del individuo y cualquier otra información pertinente. 

Prueba de alcoholemia, también llamada test de alcoholemia o control de alcoholemia, permite medir la concentración de alcohol en el torrente sanguíneo, un dato que releva si una persona está, o no, alcoholizada. 

Sospecha razonable es un término comúnmente utilizado, se refiere a lo que una persona razonable, o una persona normal y promedio, consideraría sospechoso. 

Sustancia psicoactiva - Todas las formas de narcóticos, alucinógenos, depresores y/o estimulantes del sistema nervioso central u otras sustancias (incluyendo el tabaco y el alcohol) capaces de crear o mantener efectos adversos sobre el estado físico, emocional o mental de las personas que por cualquier método introduzcan estas sustancias en su organismo y que tengan potencial degenerar adicción. 

Uso de Sustancias - Estos incluyen las "sustancias psicoactivas," así como drogas con y sin recetas médicas, alcohol y varias otras sustancias químicas. Todas están incluidas en esta Política si la sustancia tiene la posibilidad de deteriorar las funciones mentales o físicas del cuerpo. El deterioro puede ocurrircuando el individuo esté bajo la influencia directa de la sustancia, o después, cuando pueda sufrir síntomas de abstinencia u otros síntomas similares. 

Uso Indebido: El "uso indebido" incluye, sin limitación, el uso o posesión de drogas 

6.1 - La Municipalidad de Cutral Co con el objetivo de mantener un sitio de trabajo seguro, saludable y libre de los efectos de las adicciones espera que sus empleados colaboren en este esfuerzo. 

6.2 - Los empleados y/o contratistas podrán recibir una copia de esta norma con acusede recibo, el cual se guardará en el Legajo Personal a cargo de Recursos Humanos. 

6.3 - Los contratistas, en caso de contar con Política de Adicciones, deberán remitir suPolítica y/o programa de adicciones al sector de RR.HH. para el envío al SSO de la Municipalidad, para su 
evaluación. En caso de no contar con la misma se pudieran adherir a la POLÍTICA DE CONTROL DE ALCOHOL Y DROGAS EN EL ÁMBITO LABORAL de dicha institución a los fines de colaborar con la salud en general de los trabajadores municipales. 

6.4 - Podría ser requisito que el personal se reporte a su jornada de trabajo libre decualquier efecto debido al consumo de alcohol y/o drogas. 

7 -MEDICAMENTOS RECETADOS 

7.1 - Cuando el empleado tome medicamentos recetados por un profesional médico, que pudiera afectar el buen juicio, desempeño o cuyo prospecto contenga advertencia con respecto a la operación de maquinarias y/o herramientas o al conducir vehículos, el empleado o contratista debe informar al encargado y/o superior quien consultará con el Medico Laboral antes de asignar el trabajo. 

7.2 - Es obligatoriedad por parte del personal, informar sobre toda medicación que reciba (en uso, eventual, o nuevo tratamiento) para que el médico laboral de la COMPAÑIA determine su interacción con las tareas que desempeñe. 

7.3 - Todo personal que haya sido detenido, acusado o se encuentre bajo investigación por cualquier delito relacionado con alcohol o drogas, mientras realizaba alguna actividad vinculada con la Municipalidad, deberá notificar a su supervisor, antes del finaldel día hábil. 

7.4 - El encargado deberá notificar de inmediato a los líderes o jefes de los sectores, RRHH, Seguridad e Higiene, etc.

7.5 - Todo el personal deberá informar cualquier violación a esta norma producida por terceros en actividades que involucren a la Municipalidad, como forma de prevenir incidentes/accidentes. 

8 - ALCOHOL Y DROGAS 

8.1 - Se prohíbe a todos los empleados de la Municipalidad de Cutral Co, portar y consumir alcohol y/o drogas en cualquiera de las siguientes circunstancias: 

En el trabajo o de guardia. 

Mientras se dirige hacia o desde el trabajo. 

Está utilizando máquinas y equipos de propiedad de la institución o de un contratista. 

Se encuentra en el sitio de trabajo o en relación con éste. 

Mientras realiza cualquier actividad, independientemente del lugar en que se encuentre, en representación de la Municipalidad. 

Narcóticos, drogas ilegales, entactógenos, inhalantes, otras sustancias controladas o los objetos utilizados para su consumo. 

8.2 - Se prohíbe el uso indebido de drogas e inhalantes legales. 

8.2.1 - El "uso indebido" incluye, sin limitación, el uso o posesión de drogas legales para las cuales no posea una indicación médica válida, o su posesión en cantidades mayores a las recetadas. 

8.2.2 - Alcohol o cualquier otra bebida que pueda producir un estímulo y/o una depresión del Sistema Nervioso Central, pudiendo esto último (el efecto) alterar la percepción en los sentidos (visión, olfato, tacto, percepción de distancia, etc.). 

8.2.3 - - Cuando en un control se obtenga un resultado "positivo" para cocaína, se considerará positivo independientemente del origen de la sustancia esgrímido por quien le dio resultado positivo. 

9 - CONTROLES 

9.1 - Se realizarán tomando muestras de aire exhalado, saliva u orina en los controles internos sin por ello descartar cualquier método científicamente aprobado para definir fehacientemente la presencia o no de alcohol y/o drogas en el organismo. 

9.2 - La Municipalidad realizará los controles en el trabajo o en ocasión de este, durante las horas laborales normales según la base de selección y bajo las siguientes condiciones: 

Reconocimientos médicos Preocupacionales y/o anuales de los empleados: La Municipalidad tendrá la facultad de realizar Controles de alcohol y/o drogas en los exámenes periódicos y/o pre ocupacionales, como así también de forma aleatoria. 

Posterior a accidentes, incidentes y/o cuasi accidentes potencialmente graves: La Municipalidad puede o no determinar a su solo criterio, la necesidad de realizar un Control de Alcohol y Drogas a cualquier persona involucrada en uno de los eventos mencionados. Posterior a accidentes vehiculares: Cualquier persona involucrada en un evento ocurrido durante la operación de un vehículo de la municipalidad o provisto por la misma, o un vehículo personal mientras se realizan actividades vinculadas al trabajo, podrá ser sometido a un Control posterior al accidente. 

Controles por sospecha razonable: Cuando el comportamiento de un empleado permita esgrimir una "Sospecha razonable" el Supervisor o cualquier compañero de tareas podrá solicitar a RRHH y/o HSE la realización de un Control. La "sospecha razonable" se basa en observaciones directas y/o evidencia física de actividades prohibidas por esta norma. 

Controles aleatorios: A criterio de la Municipalidad se realizarán controles de manera aleatoria, los mismos se harán sin aviso previo en cualquier momento del año. 

9.3 · SERVICIO PARA LOS TESTEOS DE ALCOHOL Y DROGAS 

La Municipalidad de Cutral Co iniciará los controles de alcohol y drogas cuya misión será llevar a cabo los testeos en el Centro de Operaciones durante horarios de trabajo en fechas programadas y/o en forma sorpresiva y aleatoria. 

9.4 -CONTROLES DE ALCOHOL (AIRE EXHALADO) 

Al momento de proceder a realizar los controles se deberá cumplir con los siguientes pasos: 

El personal afectado a cualquier tarea de la Municipalidad deberá, en caso de ser expuesto al control, manifestar expresamente su voluntad o no, de aceptar la evaluación correspondiente. Ver

"ANEXO 2 - Consentimiento Informado". 

Invitar individualmente, al personal a un lugar adecuado y privado, donde se le realizara el control de alcoholemia. 

Realizar el control de alcoholemia siguiendo las instrucciones de uso del instrumento. 

En privado notificar al personal sobre el resultado obtenido, emitiendo un comprobante, el cual será firmado por el personal afectado. 

El comprobante con el resultado de la prueba se adjuntará al formulario identificación de evidencias y cadena de custodia remitiéndose el mismo a SSO quien procederá a su archivo en el Legajo Médico del empleado. Para casos negativos con la firma enel formulario de notificación es registro suficiente. 

9.5 -CONTROLES DE DROGA EN SALIVA Y ORINA 

Las drogas por testear son las siguientes: (cocaína y marihuana prioritariamente) 

1. Metanfetamina 

2. Cocaína 

3. Marihuana 

4. Benzodiacepinas 

5. Opiáceos 

6. Anfetaminas 

Pudiendo ampliarse el abanico de drogas a testear sin requerir un nuevo consentimiento por parte de los empleados, será SSO o SEGURIDAD E HIGIENE de la Municipalidad quien determinará tipo y cantidad de drogas y/o sustancias a detectar. 

Se realizarán detecciones en muestras de saliva u orina utilizando kits de determinación de drogas.  Se solicitará el consentimiento del examinado respecto del test a realizarse, mediante la firma del formulario.

Se invitará al examinado a elegir un kit de diagnóstico, en su presencia se identificará el mismo con el nombre correspondiente. 

Ante resultado positivo (alcohol, drogas y/o otras sustancias descriptas en estas Políticas) se procederá a apartar de manera preventiva de sus funciones a quien dio positivo, en el periodo 
de las dos horas siguientes desde la primera determinación se realizará una contraprueba con el mismo método. Sí el resultado es negativo éste será el valor por tomar como válido (negativo); sí el resultado es nuevamente positivo, se considerará positivo. Los formularios con los resultados de los exámenes se archivarán en el Legajo Médico del empleado. 

9.6 - NEGATIVA A LA REALIZACIÓN DEL CONTROL 

9.6.1- Al empleado que se rehúse, manipule o interfiera con la realización de una prueba de detección de alcohol y/o drogas, u otro procedimiento de análisis médico aprobado, ose descubra como resultado de tal prueba, que tiene niveles detectables en su organismo de cualquier droga ilegal, sustancia controlada u otra sustancia que podría tener el efecto de un narcótico, depresivo, estimulante o alucinógeno, no comunicado con anterioridad,será considerada prueba positiva.

9.6.2 La Municipalidad, en tales casos, considerará como violatoria del principio de buena fe laboral (art.63) reservándose el derecho de aplicar sanciones, indistintamente de aplicarse en concordancia de la Ley 26.657/11 (Ley del Derecho a la Protección de la Salud Mental).  (Se respetó la correlación numérica del original)

11.5 El empleado se compromete a cumplir con el tratamiento y a concluirlo satisfactoriamente, debiendo acreditarlo mediante la presentación del correspondiente certificado de alta médica. 

11.6 RETORNO AL TRABAJO 

Previo retorno a sus actividades laborales, el empleado deberá someterse a una nuevaprueba. Durante los primeros 12 (Doce) meses desde el retorno al trabajo, el empleado se someterá a criterio de RRHH a exámenes aleatorios de detección de alcohol y/o drogas, bajo los mismos lineamientos que los aquí indicados. Se realizará acompañamiento y seguimiento por parte de Salud

Ocupacional. 

12 - RESPONSABILIDADES 

12.1 -INSTITUCIONAL: Proporcionar los recursos necesarios para asegurar el cumplimiento de las Políticas deAlcohol y Drogas y esta Política de Control. 

12.2 - Coordinador de Gestión de Personal:  Realizar difusión de la Política de Control de Alcohol y Drogas y gestionar tratamientos, adecuación de puesto de trabajo, retorno al trabajo, aplicación del Reglamento Interno atodo el personal afectado. 

12.3 - Responsable de Medicina Laboral: Es responsable de analizar los resultados, analizar cada uno de los casos y establecerjunto a los terapistas o instituciones designadas el tratamiento correspondiente, realizando el seguimiento. 

12.4 - Técnicos en Seguridad: Colabora con SSO en la realización de las pruebas. 

Disponer de las condiciones de SSO para llevar adelante la presente Política de Control de Alcohol y Drogas. 

12.5 - Responsables del Sector:  son responsables, en caso de obtener un resultado positivo, o recibir comunicación voluntaria por parte del operario, de retirarlo, comunicarlo a RRHH y según necesidad asignar su relevo. Verificar condiciones adecuadas de las instalaciones. 

12.6 Empleados:  Tiene la obligación de reportar a la Municipalidad cuando esté consumiendo medicamentos que pudieran afectar su desempeño laboral, y que pudieran ser confundidos como abuso de sustancias. DEBEN NOTIFICAR DE CUALQUIERA MEDICACIÓN PARA CUALQUIER PATOLOGÍA.