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El gobierno nacional emitió este lunes el DNU que establece la fórmula de movilidad jubilatoria y hubo una sorpresa: establece que el IPC para actualización salarial se aplicará desde julio. En los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5%.

La administración Milei publicó este lunes el Decreto 274/2024 en el Boletín Oficial. En los considerandos, afirma que " “con el objeto de dar respuesta de forma rápida y eficaz a la acuciante realidad que enfrentan los adultos mayores de la República Argentina, el Estado Nacional ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación”.

Asimismo, detalla que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)”.

La norma define la actualización por el IPC que defina el INDEC y “en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario”.

Cabe recordar, que el gobierno también anunció que la fórmula que se utiliza para obtener el IPC se iba a modificar.

Respecto a la movilidad jubilatoria el DNU precisa que “a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente”.

El DNU reconoce “la gravedad de la crisis que enfrentan los adultos mayores hace que ellos no puedan aguardar hasta el mes de junio del corriente año para ver incrementados sus haberes”, y, por ello, indica que “a partir del mes de abril del corriente año se concederán adelantos incrementales, equivalentes al Índice de Precios al Consumidor, a cuenta del porcentaje que determine la aplicación de la movilidad prevista por la Ley N° 27.609, de modo que la transición de uno a otro régimen de movilidad no implique padecimiento alguno para los adultos mayores”.

Luego aclara que ANSES otorgará en abril “un incremento extraordinario equivalente al 12,5 % sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024” y además “un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241”.

“En mayo de 2024, (los jubilaos percibirán) un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241”, mientras que cobrarán “en junio de 2024, un incremento, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241”, finaliza.