El CD de Plaza Huincul aprobó una Ordenanza que regula la actividad de Remises que fue declarada “servicio público", es decir que la prestación debe ser necesariamente regular y continua.
El tratamiento tuvo una particularidad. Se leyeron dos proyectos y se votó uno solo, lo que pareció un error en el manejo de la sesión. Los cuerpos deliberativos –legislativos suelen caracterizarse por la seriedad en el manejo de estas cuestiones.
El primer proyecto de Ordenanza, presentado por el concejal Ramón Lecaro, establecía extender a 8 años la antigüedad de los vehículos que se pueden habilitar para esa función. En concreto, modificaba el artículo 6°, inciso a) de la Ordenanza 1028/08 para establecer que los automóviles tendrán una antigüedad máxima de 8 años.
La norma propuesta por el MPN, que había sido la que se buscaba aprobar, comienza declarando al Remis servicio público definiendo que habrá 1 remís cada 450 habitantes. Las concesiones tendrán vigencia por 2 años y podrán renovarse. Las licencias serán personales e intransferibles, detalla.
Asimismo, define que para acceder a una licencia se deberá tener 21 años de edad, domicilio real en la ciudad con 3 años de antigüedad y certificado de buena conducta provincial. También se deberá ser propietario o arrendatario de los vehículos, con un mínimo de 4 autos y un máximo de 18 aunque se permitirá la unión de remiseras.
Los titulares de las licencias, deberán presentar constancia de seguro de responsabilidad civil de los vehículos, de personas transportadas pero también de accidentes del trabajo para los conductores.
El canon mensual por cada remís será de 17 UT que se sumará al pago de la habilitación de la estación central de la remisera. Asimismo, detalla que los vehículos tendrán hasta 8 años de antigüedad con VTV cada 6 meses.