El municipio de Plaza Huincul emitió el decreto 663/21 donde establece las medidas en vigencia contra el coronavirus hasta el próximo 11 de julio. El horario de circulación será de 6 a 22 y las actividades comerciales hasta las 21.

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La norma adhiere a la resolución de Provincia y, en concreto, autoriza las actividades comerciales y de servicios desde las 6 hasta las 21 de acuerdo a los protocolos sanitarios aprobados, y con un máximo del 30 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada.

Los locales gastronómicos podrán atender en locales, (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar y atender clientes en sus locales, y utilizar las modalidades de “reparto a domicilio” y/o “retiro en puerta” de cercanía, desde las 6 hasta las 00 con un máximo del 30 por ciento de aforo.

Mientras que las farmacias y estaciones de servicio podrán funcionar durante las 24 horas. en relación con la capacidad máxima habilitada.

También se prevé la realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados en iglesias, templos y otros lugares de culto autorizados, de acuerdo a las condiciones normadas en la Resolución Nº 22/21 del Ministerio Jefatura de Gabinete, así como las actividades culturales presenciales de salas teatrales, cines, museos y bibliotecas en espacios cerrados con un máximo del 30 por ciento de aforo.

La práctica recreativa de deportes en clubes y asociaciones deportivas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, preferentemente en grupos reducidos tipo «burbuja», deberá ser con un máximo del 30 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada; sin aglomeración de personas antes, durante y después de las actividades, y dentro de los horarios de circulación habilitada en la vía pública vigentes en la Provincia del Neuquén.

En cuanto a las competencias deportivas de todo tipo a nivel provincial y municipal, se informó que serán con concurrencia limitada hasta un máximo del 30 por ciento de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada para cada predio o recinto. Lo mismo aplica para las prácticas deportivas de entrenamiento en espacios habilitados de las y los deportistas de mediano y alto rendimiento bajo el monitoreo y supervisión del Ministerio de Deportes.