Tras la realización del juicio de cesura, un tribunal colegiado condenó a 10 años de prisión efectiva a un varón, declarado penalmente responsable por abusar sexualmente de un niño de su entorno familiar.
En la audiencia de determinación de la pena realizada la semana pasada, la fiscal del caso Silvia Moreira había requerido que la pena sea de 12 años. Para solicitar dicho monto valoró como agravantes la vulnerabilidad de la víctima al ser un niño, la naturaleza de la acción y la prolongación de los hechos en el tiempo de forma reiterada, entre otros. En relación a los atenuantes, sólo valoró la ausencia de antecedentes penales del imputado.
La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia que intervino como querellante institucional en representación de la víctima durante el proceso penal, fue Marcela Robeda.
Los hechos que acreditó la fiscalía y por los que se fijó la condena ocurrieron entre septiembre de 2018 y octubre de 2020, de forma continuada y en una vivienda de la ciudad de Plottier. R.A.P cometió los abusos aprovechando la situación de convivencia con la víctima.
El delito por el cual R.A.P fue declarado penalmente responsable en mayo de este año, es abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por la convivencia preexistente con un menor de 18 años –continuado-, en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafos incisos “b” y “f”, 45 y 55 del Código Penal).
El tribunal que fijó la pena, también ordenó la inscripción del condenado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).