En una audiencia de formulación de cargos realizada hoy, el asistente letrado de la fiscalía de Delitos Contra las Personas Pablo Jávega acusó al conductor de un automóvil que volcó en un tramo de la ruta provincial 51 y provocó la muerte de Edgar David Bartes, que iba en el vehículo como acompañante.
Se trata de M.R y el delito que Jávega le atribuyó es homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, doblemente agravado por conducir en exceso de velocidad de más de 30km/h y con culpa temeraria, en carácter de autor (artículos 84 bis segundo párrafo y 45 del Código Penal y lo normado en el artículo 1 de la Ley provincial 2178 que adhiere a la Ley Nacional de tránsito en los artículos 39, 50 y 51 inciso “b”).
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal y la policía provincial el hecho ocurrió el 29 de junio cerca de las 14:00, en la ruta provincial N° 51 a 15 kilómetros al Oeste de la rotonda ubicada en la intersección con la Ruta provincial N° 7. M.R conducía un automóvil BMW M240 y Bartes iba como acompañante. Lo hacía circulando a más de 200 k/h, de forma negligente y antirreglamentaria, cuando se produjo la explosión del neumático trasero izquierdo que provocó la desestabilización del automóvil. El conductor perdió el control del vehículo, derrapó y finalmente volcó. Como consecuencia de ello, Bartes falleció a causa de un traumatismo encefalocraneano grave.
Según las pericias, al momento del vuelco M.R conducía excediendo el límite de velocidad permitido, haciéndolo al menos a 203 km/h cuando según la normativa aplicable en la zona el máximo permitido es de 110 km/h.
La abogada querellante particular que interviene en representación de la familia de Bartes adhirió al requerimiento de la fiscalía.
El juez de garantías Cristian Piana, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló la formulación de cargos de acuerdo a lo requerido por el asistente letrado de la fiscalía y fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses.
Durante la audiencia, las partes acusadoras pidieron que se le imponga a M.R la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto por cuatro meses, con un grupo de motoqueros con los que, anteriormente al hecho, el imputado y Bartes habían mantenido un encuentro.