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El fiscal del caso Andrés Azar y la asistente letrada Carolina Gutiérrez presentaron un acuerdo de partes mediante el cual José Luis Lefirnil reconoció haber asesinado a Hugo Daniel González del Valle y fue condenado a 8 años y 6 meses de prisión.

Fue en dos audiencias continuas realizadas hoy en la Ciudad Judicial: en la primera, se acordó la responsabilidad penal del imputado mediante un procedimiento abreviado; en la segunda, un tribunal colegiado avaló el monto de pena requerido por las partes y fijó la condena.

Primera parte

En primer término, Azar y Gutiérrez describieron el hecho que el Ministerio Público fiscal le atribuyó a Lefirnil y que él reconoció haber cometido:
- El 18 de noviembre, entre las 22:30 y las 23:30, se presentó en la vivienda de su ex pareja ubicada en el barrio Confluencia de Neuquén. En un momento, mientras compartían bebidas alcohólicas, llegó a la casa un inquilino de la mujer, que vivía en una habitación de alquiler ubicada afuera, pero en el mismo lote, y minutos después se retiró. Tras ello, la mujer salió un momento de la habitación, pero cuando volvió encontró a Lefirnil consumiendo estupefacientes. A raíz de esto, ambos comenzaron una discusión, en la que el imputado le recriminó cuestiones relacionadas con el inquilino y le preguntó en qué lugar guardaba los “cuchillos grandes”. La mujer no le respondió por temor, por lo que el acusado tomó un cuchillo tipo tramontina, la amenazó y se dirigió a la habitación externa en la que estaba el otro varón.

Mientras escuchaba gritos, la mujer se dirigió al portón del patio que da a la calle para escapar, cuando vio que el imputado salía de la casa del inquilino con el cuchillo en la mano. En ese momento pasó una vecina y la mujer, luego de lograr abrir el portón, se refugió detrás de ella, mientras que el imputado volvió a ingresar a la casa.

La policía, alertada por los vecinos llegó al lugar y detuvo al imputado, que se resistió. Dentro de la habitación hallaron al otro varón víctima de la agresión, muerto y con al menos 11 heridas punzo cortantes. De acuerdo con el informe de la autopsia, la muerte fue producto de un corte en el cuello, más allá de que el cuerpo también fue objeto de agresiones “post mortem”.

El delito que los representantes del MPF le atribuyeron al imputado es homicidio simple en carácter de autor (artículos 79 y 45 del Código Penal).

El juez de garantías Juan Guaita, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el acuerdo presentado por las partes y dictó la responsabilidad penal.

Segunda parte

En la segunda audiencia, Azar y Gutiérrez le solicitaron a un tribunal colegiado, que tras la declaración de responsabilidad acordada a primera hora, se le impongan a Lefirnil 8 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Para arribar al monto de la pena, los funcionarios de la unidad fiscal de Delitos contra las Personas valoraron como agravantes principalmente: la naturaleza del hecho, ya que fue un hecho grave cometido con violencia inusitada; y la actitud del acusado, al cometer el homicidio frente a su expareja tras amenazarla y que luego se resistió a la detención. Mientras que como atenuantes, el fiscal del caso y la asistente letrada valoraron la asunción de responsabilidad penal por parte del imputado y la carencia de antecedentes penales computables.

El abogado que defiende al acusado manifestó que la pena fue acordada por las partes, por lo que no se opuso a lo requerido por la fiscalía y además expresó la renuncia a los plazos para recurrir la sentencia.

El tribunal colegiado encargado de fijar la condena, que estuvo integrado por la jueza Estefanía Saulí y los jueces Luis Giorgetti y Juan Guaita, avaló el acuerdo presentado por la fiscalía e impuso 8 años y 6 meses de prisión efectiva.

El condenado llegó a la audiencia detenido en prisión preventiva y seguirá cumpliendo la medida cautelar hasta que se desarrolle una audiencia de ejecución penal, se lo constituya en detenido y se lo traslada a una unidad penitenciaria.