No hay ninguna descripción de la foto disponible.El intendente de Plaza Huincul, Gustavo Suárez emitió el decreto 644/21 con las nuevas medidas para el coronavirus que están vigentes a partir de este 28 de junio.

La norma prevé "Restricción de circular en las vías públicas entre las 22:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente".

Además habilita "Las actividades comerciales y de servicios podrán funcionar y atender clientes diariamente desde las 6:00 horas hasta las 21:00 horas, (Ampliado por el Dto 644/2021); Las farmacias y estaciones de servicio podrán funcionar durante las 24 horas; Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar y atender clientes en espacios habilitados al aire libre, desde las 6:00 horas hasta las 22:00 horas, La modalidad de “retiro en puerta” de cercanía podrán realizarse hasta las 22:00hs mientras que la modalidad “reparto a domicilio” hasta las 23".

Por su parte "Los gimnasios, natatorios, centros de Pilates, y establecimientos afines, podrán funcionar diariamente desde las 6:00 horas hasta las 21:00 horas, con aforo del 30% y siempre que la actividad sea individual".

"La realización presencial de actividades religiosas en espacios cerrados y abiertos, en iglesias, templos y otros lugares de culto. Dentro del horario de circulación permitido y con el estricto cumplimiento de los protocolos de prevención básicos", agrega.

El texto normativo detalla que "La práctica recreativa de deportes en clubes y asociaciones deportivas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, en grupos reducidos tipo "burbuja",
con un máximo del TREINTA POR CIENTO (30%) de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada; y sin aglomeración de personas antes, durante y después de las actividades. Estas actividades podrán realizarse únicamente dentro de los horarios de circulación habilitada en la vía pública vigentes en el Ejido Municipal (Incorporado por el Dto 644/2021)".

En contrapartida continuarán suspendidas las "Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre. Las competencias deportivas de todo tipo, la actividad de clubes deportivos, o cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal, o que implique
aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre".

Como así también "Las actividades de salas culturales, museos y bibliotecas. Las actividades de casinos, bingos y discotecas".