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Es por la no renovación del contrato de Marcela Sáez, la trabajadora del Juzgado de Faltas que denunció a la Jueza, Sofía Vallejos, por violencia de género en contexto laboral.

 La denuncia señala que al ser despedida quedó desamparada, sin obra social, sin cobertura de la seguridad social y sin haberes.

Sáez había ingresado al Juzgado de Faltas el 20 de octubre de 2022 y el 1º de septiembre de 2023 se le hizo un contrato de locación de servicios  y luego, el  1º de junio del 2024 un contrato de empleo público. No obstante, el 9 de octubre de 2024 realizó la denuncia por violencia laboral contra la Jueza de Faltas, Sofía Vallejos.

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La trabajadora fue desafectada el 30 de noviembre de 2024 cuando finalizó el contrato de empleo público, es decir 20 días después de que formulara la denuncia por el maltrato laboral.

En la presentación que realizó el abogado Omar Pérez señala que “se violentaron las normas previstas en la ley 2786 - ley 26.485 – ley de protección integral de la mujer – convenciones internacionales BELEN DO PARA – CEDAW – entre otras, en razón de haberme enviado a mi domicilio luego de radicado la denuncia, sin que esa sea la medida cautelar dispuesta, no otorgándoseme tareas desde el momento que radique la citada denuncia, revictimizándome de manera sistemática”.

La Jueza Sofía Vallejos ya fue denunciada por la misma causa y la justicia laboral local resolvió en aquel momento medidas cautelares que incluyeron adecuar una oficina en otro edificio para que no hubiera contacto con las denunciantes. Luego hubo un intento de juicio político, pero no prosperó y fue repuesta en sus funciones. 

El abogado Pérez detalla en la presentación “Que el despido otorgado por finalización de contrato de empleo público no representa una medida de protección reforzada y efectiva, al contrario, implica desamparo frente a una situación de vulneración de derechos. -  Que reitero la jurisprudencia constitucional ha reconocido que el derecho a la estabilidad laboral reforzada también es aplicable a las relaciones laborales surgidas a partir de la suscripción de un contrato a término definido, motivo por el cual, el vencimiento de su término de duración no es razón suficiente para darlo por terminado cuando el empleado se encuentra en estado de debilidad manifiesta”, agrega.

La presentación se realizó en la justicia penal de Cutral Co que deberá evaluar la denuncia y definir, si formula, o no, cargos al intendente Claudio Larraza.  

(Noticia en desarrollo)